jueves, 27 de diciembre de 2012

¿Qué hacer con las sobras de los festejos? Aquí algunos consejos

Las fiestas, el festín y las sobras
¿Qué hacer con ellas?

Siempre en las reuniones por las fiestas todos queremos lucirnos con alguna preparación y por lo general la cantidad de alimentos que encontramos en la mesa, supera ampliamente las cantidades que se van a comer.

Las sobras al día siguiente son una tradición y a la vez si no tenemos los cuidados necesarios para conservarlas y guardarlas podrían ser un riesgo para nuestra salud.






Acá les dejo algunos consejos:
  1. Preparar varias fuentes con la misma comida, de manera de que no esté todo lo que preparamos a temperatura ambiente durante la reunión
  2. Conservar hasta ultimo momento todas las preparaciones en la heladera
  3. Llevar a la mesa una opción de cada alimento y recién cuando se termine reponer (sacar de la heladera)
  4. Si la comida estuvo más de 4 horas a temperatura ambiente descartarla (de ahí el consejo de sacar del frío en pequeñas porciones)
  5. Si es un alimento caliente, dividirlo en porciones pequeñas para que se pueda enfriar rápidamente.
Espero que estos fáciles y sencillos consejos les sirvan para el festejo de fin de año que se acerca!

A disfrutar sin riesgos!

Para aquellos que quieran leer más sobre el tema les dejo el siguiente link

Les deseamos un Feliz 2013!!

Dra. Mariana Koppmann y equipo

martes, 4 de diciembre de 2012

Modificación del Código Alimentario Argentino - Estándares Microbiológicos

Modificación del Código Alimentario Argentino - Criterios Microbiológicos para comidas preparadas y Vegetales minimamente procesados

Comidas preparadas
El pasado 26 de octubre se publicó en el boletín oficial la modificación de los artículos 151 (Viandas a domicilio) y 156 tris, estableciendo "Criterios microbiológicos para comidas preparadas". Estas modificaciones llenan el  vacío legal que existía hasta el momento.

Como se define en el mismo artículo, incluye a todas las comidas preparadas más allá de cómo se despachen o comercialicen y alcanza a todos los elaboradores, desde restaurantes, hoteles, cocinas centrales, comedores institucionales y roticerías.

Las preparaciones se clasifican en 4 categorías 
 I. Comidas preparadas sin tratamiento térmico (Ej: : ensalada de vegetales crudos)


II. Comidas preparadas con tratamiento térmico que incluyan posteriormente
ingredientes no sometidos a tratamiento térmico.(Ej: ensalada de vegetales crudos y cocidos)

III. Comidas preparadas con tratamiento térmico que reciban un proceso de manipulación post tratamiento térmico tal como cortado, mezclado, feteado, envasado, entre otros

IV. Comidas preparadas que al final de su elaboración hayan sido sometidas en su conjunto a un proceso térmico.


Sin embargo estas 4 categorías se incluyen en 2 conjuntos de criterios microbiológicos. También se establecen diferenciaciones en las determinaciones según los ingredientes (cárnicos (Clostridium perfringens), cereales (Bacillus cereus), carne picada (Escherichia coli O157:H7), vegetales crudos (Escherichia coli O157:H7) , etc)

Los establecimientos tienen 180 días para adecuarse, lo cual significa que será exigible a partir del 26/04/2013.

Seguramente surgirán dudas de cómo evaluar algunas mezclas de alimentos, como por ejemplo una ensalada con agregado de queso ya que para quesos los criterios microbiológicos son mucho más permisivos que los que se están estableciendo en esta reglamentación.

Otro interrogante o inconsistencia se observa al comparar los criterios microbiológicos para comidas preparadas crudas con los criterios para vegetales minimamente procesados debido a que el límite microbiológico para la Escherichia coli O157:H7 es diferente. ¿Cual se aplicaría en este caso?

Les dejo el link completo para aquellos que les interese: http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/200000-204999/203830/norma.htm


Vegetales y Vegetales minimamente procesados

El pasado 18 de octubre se publicó en el boletín oficial la modificación de los artículos 925 tris y 925 quater, estableciendo "Criterios microbiológicos para vegetales minimamente procesados". 

Dentro del mismo se establecen 3 categorías: 
I Vegetales frescos
II. Vegetales mínimamente procesados listos para consumir 
III. Vegetales mínimamente procesados que deban ser lavados con agua potable antes de ser consumidos o cocidos.

Los establecimientos productores o elaboradores cuentan con 90 días para adecuarse a esta nueva norma.

Les dejo el link completo para aquellos que les interese:


http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/200000-204999/203833/norma.htm